Las donaciones a entidades no lucrativas aplicarán IVA al tipo del 0%

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A partir del 10 de abril de 2022, se modifica el régimen del IVA de las donaciones de productos, en virtud de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

¿A qué donativos afecta? Cuando la donación sea de un producto y se realice en favor de una entidad sin fines lucrativos de las definidas en el artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (“Ley 49/2002”), es decir, por ejemplo a fundaciones o asociaciones declaradas de utilidad pública.

Requisito: Que el producto donado se destine por dichas entidades a sus fines de interés general (artículo 3.1º de la Ley 49/2002).

Nuevo régimen:

  • Se modifica la base imponible a través de la regla 3.ª del artículo 79.Tres de la Ley del IVA, que regula una regla especial de determinación de la base imponible en caso de autoconsumo de bienes que hubiesen experimentado alteraciones como consecuencia, entre otros, de su utilización, deterioro o revaloración, añadiéndose un nuevo apartado.

Así, en virtud del nuevo apartado, cuando la donación de un producto se realice en favor de una entidad no lucrativa de las definidas en el artículo 2 de la Ley 49/2002, la Ley del IVA presumirá que ha tenido lugar un deterioro total del mismo. Por lo tanto, la base imponible del autoconsumo externo de bienes, derivado de la donación, será cero.

  • Se añade también un nuevo tipo del 0% a través del nuevo apartado Cuatro en el artículo 91 de la Ley del IVA, para establecer que se aplicará el tipo del 0% a las donaciones de bienes realizadas a las entidades no lucrativas citadas anteriormente.

Finalmente, destacar que, aunque la normativa no especifica como debe probarse el cumplimiento de los anteriores requisitos, sería recomendable que la entidad beneficiaria emita un certificado acreditativo de los mismo, similar al que se exige para la deducción de IS/IRPF por donativos.

Hasta ahora la aplicación del IVA suponía un freno a la donación de aquellos productos (incluidos los alimentos) que, por determinadas razones, quedaban fuera del circuito comercial, y un obstáculo para minimizar los 138 millones de toneladas de residuos que se generan actualmente en España y que suponen un 4,3% del total de emisiones de gases de efecto invernadero.

Por ello, numerosas organizaciones empresariales lideraron una iniciativa que, bajo el nombre de Donar para Cuidar el Planeta, perseguía la supresión del IVA de las donaciones de productos como estrategia para la lucha contra el desperdicio y la creación de un modelo de economía circular.

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