Servicios en compliance

Compliance ayuda a las empresas a evitar, controlar y tomar medidas a tiempo para evitar consecuencias legales, penales y reputacionales

El compliance corporativo se refiere a la práctica de asegurar que una empresa cumpla con las leyes, regulaciones internas y externas, estándares éticos y políticas establecidas. Esto implica la implementación de programas y procesos para prevenir y detectar conductas indebidas, como corrupción, fraude, blanqueo de capitales, infracciones de protección de datos personales, violaciones de derechos laborales o ambientales, ente otros. El objetivo principal del compliance es cumplir con los distintos bloques normativos y promover la transparencia, la integridad y la responsabilidad dentro de la organización, así como mitigar el riesgo de sanciones legales, pérdida de reputación y daño financiero.

Prevención penal

El sistema de gestión de compliance penal abarca una amplia gama de actividades, desde la implementación de políticas y procedimientos internos para prevenir el delito hasta la realización de auditorías y evaluaciones de riesgos. Estos servicios también incluyen la capacitación del personal en cuestiones legales y éticas, así como la creación de programas de denuncia para fomentar una cultura de integridad dentro de la organización.

¿Qué es el compliance penal?

El compliance penal es un conjunto de medidas y procedimientos que debe adoptar una empresa para prevenir y detectar posibles delitos de responsabilidad penal dentro de su organización. Este enfoque proactivo busca asegurar que la empresa cumpla con todas las leyes y regulaciones pertinentes, evitando así sanciones legales y daños a su reputación. Entre las prácticas comunes de compliance penal se encuentran la implementación de códigos de ética, la realización de auditorías internas, la formación de empleados en temas legales y éticos, y la designación de un oficial de cumplimiento.

¿Es necesario tener un compliance?

Para los administradores la adopción de un programa de prevención de delitos acorde con las exigencias del Código Penal y demás normativa aplicable no es una opción, sino una obligación que, si bien no deriva de la Ley ni de los estatutos, sí que es inexcusable por las circunstancias concurrentes en virtud de su deber de diligencia. Sin embargo, los administradores cuentan con cierta discrecionalidad en la determinación de su contenido.

Art 31 Código Penal: Atribuye al Órgano de Administración la adopción y ejecución de modelos de organización y gestión que atribuyan medidas de vigilancia y control idóneas.

Art 225 Ley Sociedades de capital: Deber general de diligencia. 1. Los administradores deberán desempeñar el cargo y cumplir los deberes impuestos por las leyes y los estatutos con la diligencia de un ordenado empresario, teniendo en cuenta la naturaleza del cargo y las funciones atribuidas a cada uno de ellos.

Art 226 Ley Sociedades de capital: 1. En el ámbito de las decisiones estratégicas y de negocio, sujetas a la discrecionalidad empresarial, el estándar de diligencia de un ordenado empresario se entenderá cumplido cuando el administrador haya actuado de buena fe, sin interés personal en el asunto objeto de decisión, con información suficiente y con arreglo a un procedimiento de decisión adecuado.

Art 529 ter. Ley Sociedades de capital: Establece las facultades propias del Órgano de Administración que no admiten delegación, y alude expresamente a : «b) La determinación de la política de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales, y la supervisión de los sistemas internos de información y control.

¿Dónde se regula el compliance penal en España?

El compliance penal se regula principalmente en la legislación y regulaciones específicas de cada país. En España, por ejemplo, se regula principalmente en el Código Penal, así como en la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. Estas normativas establecen los requisitos y obligaciones que las empresas deben cumplir para prevenir la comisión de delitos dentro de su actividad empresarial, así como el riesgo penal en caso de incumplimiento. También existen estándares internacionales, como la norma UNE 19601, la ISO 37001 o la ISO 19600, que proporcionan directrices para la implementación de sistemas de gestión de compliance a nivel global. 

Eficacia de los modelos de Compliance

La implementación de los modelos de compliance penal asegura  la calidad y prosperidad de la empresa. Gracias a nuestro plan de prevención en Compliance podemos:

  • Confiar la supervisión y funcionamiento del Modelo a un órgano con poderes autónomos con iniciativa y control (Órgano Compliance)
  • Identificar las actividades en cuyo ámbito puedan ser cometidos los delitos que deben ser prevenidos.
  • Establecer los protocolos o procedimientos que concreten el proceso de formación de la voluntad de la persona jurídica, de adopción de decisiones y de ejecución de las mismas con relación a aquellos.
  • Disponer de recursos financieros adecuados.
  • Incorporar la creación de un canal de denuncia, canal de comunicación (añadir sistema interno de información) o líneas éticas, es decir, la posibilidad de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención;
  • Establecer un sistema disciplinario que sancione adecuadamente el incumplimiento de las medidas que establezca el modelo y deberá verificarse periódicamente el modelo y sus eventuales modificaciones
  • Realizar una verificación periódica del modelo

¿Por qué nosotros?

Abogados especializados en Compliance

Sandra Soler

SOCIA

Sandra desarrolla su actividad profesional asesorando a en Compliance a una amplia gama de entidades, tanto públicas como privadas, en diversas jurisdicciones y sectores. Su enfoque se centra en la implementación y seguimiento de modelos de prevención del delito, sistemas anti-blanqueo de capitales, implantación de sistemas internos de información, planes de igualdad y más, así como el seguimiento y auditorias de tales sistemas.

Nuestros servicios en Compliance

  • Prevención de Blanqueo de Capitales
  • Protección de datos y privacidad
  • Implantación ISO 37301 (compliance-management-systems)
  • Canal Ético o de Denúncias
  • Investigaciones internas
  • Peritajes de Compliance
  • Revisión de auditorias de Compliance
  • Políticas internas
    • Códigos de conducta
    • Política de conflicto de intereses
    • Política de secretos empresariales

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