Reglamento Veri*Factu: requisitos, obligaciones y plazos de implementación

Nota informativa

Regulación y Aplicación del Sistema Veri*Factu: requisitos, obligaciones y plazos de implementación

La Orden HAC/1177/2024, publicada en el BOE, desarrolla las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido recogidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos de facturación electrónicos de empresarios y profesionales, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre (En adelante Reglamento Veri*Factu). Además, se concreta las especificaciones técnicas y funcionales de formación del código «QR» que deberán incluirse en las facturas expedidas por los sistemas informáticos.

¿Qué es Veri*Factu?

Veri*Factu es el programa informático oficial de la AEAT para que los contribuyentes cumplan con las nuevas obligaciones del Sistema Informático de Facturación (SIF). Su objetivo es garantizar la integridad, conservación y trazabilidad de los registros de facturación, evitando alteraciones posteriores.

Requisitos principales

Los sistemas de facturación deberán:

  • Conectarse a Internet y gestionar certificados electrónicos
  • Transmitir registros de facturación a la Administración tributaria
  • Incorporar un código QR en todas las facturas
  • Garantizar la inalterabilidad de los registros

Sujetos obligados

La normativa afecta a empresarios individuales o societarios sujetos al IRPF por actividades económicas, contribuyentes del Impuesto de Sociedades, contribuyentes del IRNR con establecimiento permanente en España y entidades sin personalidad jurídica con actividades económicas.

Quedan excluidos los empresarios adscritos al SII (Suministro Inmediato de Información) y los residentes en País Vasco o Navarra.

Certificación

Los fabricantes de sistemas informáticos deberán certificar mediante declaración responsable que sus sistemas cumplen con la normativa. El uso de un sistema certificado libera al contribuyente de responsabilidad por fallos, trasladándola al fabricante.

Plazos de implementación

  • 1 enero 2026: Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades
  • 1 julio 2026: Resto de obligados tributarios
  • 29 julio 2025: Plazo para que los fabricantes adapten sus sistemas


Diferencia con la factura electrónica

No debe confundirse Veri*Factu con la obligación de emitir facturas en formato electrónico prevista en la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022). Esta última aún no tiene desarrollo reglamentario ni fecha de entrada en vigor, aunque en marzo de 2025 se inició la consulta pública para su regulación.

La obligación de utilizar un SIF no implica necesariamente la emisión de facturas electrónicas, siendo dos normativas diferentes con objetivos y plazos de implementación distintos.

Consulta la información detallada en la Nota preparada por el área Fiscal a través del siguiente botón.

Contacto principal:

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Marta Puig Maslloréns

Socia de Fiscal
mpuig@duransindreu.com
93 602 52 22

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